La Corporación Autónoma Regional
de La Guajira, informa a la comunidad en general que para talar o podar árboles
aislados localizados en centros urbanos, jardines residenciales, separadores de
vías o lotes, que por razones de ubicación, estado sanitario o estabilidad
puedan causar riesgos o daños sobre la vida, estructuras físicas, registros de
drenajes, albercas, andenes, calles o edificaciones; deberán obligatoriamente
solicitar ante esta Corporación el respectivo permiso sobre uso del recurso
natural, el cual será tramitado al usuario lo antes posible.
La petición deberá ser
diligenciada por el propietario del inmueble, adjuntando certificado de
libertad y tradición y copia de la titularidad de la vivienda o predio. Cuando
los árboles se encuentren ubicados en espacio público, le corresponde al
municipio adelantar el trámite.
Si dicha actividad se realiza sin
el respectivo permiso ambiental, la persona podría verse inmersa en un proceso
jurídico sancionatorio de acuerdo con la normatividad ambiental vigente.
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